Delegada de protección de menores temporada 2022 / 2023

DECLARACIÓN RESPONSABLE:

1. Que el club/entidad deportiva compareciente declara expresamente conocer el “
Protocolo para la Protección de los
Menores en las actividades deportivas de la FBM”, publicado en la página web de la FBM, en el cual se establecen el
conjunto de medidas y normas de actuación que serán de aplicación a las actividades deportivas organizadas y
promovidas por ésta.

2. Que el club/entidad deportiva compareciente cumplirá y velará por el cumplimiento de las obligaciones, compromisos
e implementación de las medidas de protección de los menores y prevención de la violencia frente a éstos, que se
establecen en la L.O. 8/2021 de 4 de junio, de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia
(LOPIVI), en el
Protocolo para la Protección de los Menores en las actividades deportivas de la FBM y las que se dicten o
puedan dictar por las autoridades correspondientes. Igualmente velará por que todos los miembros de la entidad que
tienen contacto con menores tengan actualizado el Certificado Negativo de Delitos de Naturaleza Sexual y Trata de
Seres Humanos, adoptando las medidas disciplinarias y sancionadoras que correspondan en caso de incumplimiento.

3. Que las actividades deportivas que se desarrollen en su club o entidad deportiva, se diseñarán, organizarán y
ejecutarán sobre la base del respeto a los derechos y libertades de los menores, incluido el de la identidad sexual, la
igualdad, no discriminación y prohibición de todo tipo de violencia, todo ello sobre la base del buen trato a los niños,
niñas y adolescentes, con el objetivo de crear actividades y entornos seguros.

4. Que el club/entidad deportiva designará un/a Delegado/a de Protección de Menores que desempeñará las funciones y
tareas que se establecen en la LOPIVI y en el presente Protocolo, especialmente las correspondientes a la información y
publicación de los datos de contacto, canales de denuncia y difusión continuada y reiterada de la existencia de los
mismos y de la forma de contactar en caso de situaciones de violencia. Asimismo, se informará a todos los miembros
del Club de los Códigos de Conducta y Recomendaciones de Buenas Prácticas, incluidos padres de los menores
participantes, exigiendo en su caso su suscripción y cumplimiento.

5. Que el club/entidad compareciente se obliga a dar debida tramitación de las incidencias, reclamaciones, quejas,
sugerencias y denuncias que se formulen y a remitirlas a las autoridades que correspondan y al/la Delegado/a de
Protección de Menores de la FBM, derivando las mismas, en su caso y cuando procedan, a mediación deportiva y
conciliación extrajudicial.

6. Que el club/entidad deportiva acepta que, en caso de incumplimiento grave, imprudente, negligente o doloso por parte
de sus responsables o participantes de las normas establecidas para la protección de menores en actividades
deportivas de la F.B.M, incluso a modo de inobservancia, pueda ser sancionado, o en su caso, si así se determina,
suspendido o excluido de la competición, y ello sin perjuicio de las acciones administrativas o judiciales que puedan
corresponder.

En __COLMENAREJO____a __12___ de __OCTUBRE____ de _2022___

Nombramiento Delegada Protección del Menor

CONTACTO AL EMAIL: INFO@CDBROBLE.ES O EL TEL: 722745240